27 sept 2016
19 sept 2016
Dia del Lector - 24 de agosto
Ley 26.754 Institúyase el día 24 de agosto como “Día del Lector”, en conmemoración y homenaje al día del natalicio del escritor argentino Jorge Luis Borges. Sancionada: Junio 27 de 2012 Promulgada: Julio 25 de 2012 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Instituir el día 24 de agosto de cada año como “Día del Lector”, en conmemoración y homenaje al día del natalicio del escritor argentino Jorge Luis Borges. ARTICULO 2º — Encomendar al Poder Ejecutivo Nacional la realización en dicha fecha de actos de divulgación de la lectura y de reconocimiento a la obra y a la trayectoria de Borges, como figura insoslayable de la literatura nacional y universal. ARTICULO 3º — Invitar a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley. ARTICULO 4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA VEINTISIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DOCE. — REGISTRADO BAJO EL Nº 26.754 — AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.
9 sept 2016
8 sept 2016
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